Los Concejales Radicales pidieron un alivio fiscal para los buenos contribuyentes

Los Concejales Radicales pidieron un alivio fiscal para los buenos contribuyentes

Los concejales radicales Liliana Taboada y Néstor Martínez presentaron, en el Concejo Deliberante, un proyecto para modificar la ordenanza 4270, mediante la cual los contribuyentes cumplidores de los pagos de los tributos municipales podrían acceder a un alivio fiscal del 10%

El artículo Nº 347 de la citada normativa, establece que el Departamento Ejecutivo quedará facultado para otorgar a los contribuyentes, que hayan tenido buen cumplimiento fiscal durante el ejercicio en curso, un descuento sobre los montos a abonar.

“El Departamento Ejecutivo había enviado para tratamiento a la Comisión de Hacienda, un alivio fiscal para deudores de tributos municipales, una moratoria, y, a su vez, pidieron tratamiento urgente porque el Municipio necesitaba hacerse de recursos", dijo el edil Martínez.

"En la misma línea, desde el bloque radical hicimos reformas y, ante nuestra inquietud permanente del estado de los caminos rurales, se incorporó un artículo para que, aquello que se recupere de la Tasa de Red Vial, se afecte exclusivamente para mantenimiento de caminos rurales y no rentas generales. Esto fue aprobado en la sesión por unanimidad", sostuvo.

"Pero también pedimos señales para los buenos contribuyentes, aquellos que pagan los tributos municipales todos los meses", indicó, en tanto, la edil Liliana Taboada.

"Por un lado -continuó-, manifestamos al Ejecutivo la urgente revisión en las alícuotas de la Tasa de Seguridad e Higiene que está asfixiando a los comerciantes. Lo volvimos a plasmar en la última reunión de Comisión de Hacienda, donde se nos dijo que era para mirar en la próxima fiscal, aunque para nosotros amerita un estudio urgente".

"Y, además, pedimos un incremento en el descuento a los buenos cumplidores, cuestión que no fue aceptada; no hubo consenso para esta solicitud del bloque radical", manifestó.

Mencionó que "optamos por presentar la ordenanza modificatoria para otorgar a los contribuyentes, que hayan tenido buen cumplimiento fiscal durante el ejercicio en curso, un descuento sobre los montos a abonar, en tributos tales como la Tasa por Servicios Urbanos, Tasa Conservación, preparación y mejorado de la red rural municipal y Servicios generales, Tasa por Fortalecimiento, Promoción y Prevención de la Salud, Sistema simplificado para contribuyentes bajo régimen monotributo-monotasa".

"El descuento denominado era de un 10%. Planteamos el tratamiento sobre tablas y no tuvimos los votos necesarios para sancionar este beneficio. En contra votaron los bloques Primero Rosales, Unión por la Patria, Bien Común-Frente Renovador y La Libertad Avanza", dijo.

Luego expuso que "el proyecto pasó a Comisión de Hacienda y esperamos el  pronto tratamiento porque insistimos al Ejecutivo que así como se otorgan beneficios a los deudores de tributos, donde hay un universo que no pagó porque no pudo, sabemos que hay un sector que siempre espera una moratoria. Y en este proyecto presentado es un beneficio del 5% más al vigente para aquellos que tienen sus impuestos al día, el llamado descuento por buen cumplimiento, sin dejar de hacer énfasis que el único premio que merece el contribuyente es el buen servicio, que hasta el momento ni el gobierno de (Mariano) Uset ni el de (Rodrigo) Aristimuño lo han cumplido".

Detalle

Más adelante, en el proyecto presentada por los radicales se hace un detalle de cada una de las tasas y sus posibles beneficios.

Por caso, Tasa por Servicios Urbanos: "Fíjase en el diez por ciento el descuento a otorgar por cada anticipo mensual. El descuento se determinará en forma individual para cada unidad, para cada tasa de las mencionadas. Para la obtención de este beneficio no se debe registrar deuda exigible respecto de las cuotas devengadas hasta la anteúltima que, al momento del otorgamiento, se hubiere emitido respecto del tributo. El presente descuento se denominará Descuento por Buen Cumplimiento".

También se especifica, entre otros tantos aspectos, que "se entiende por buen cumplimiento tributario a las obligaciones fiscales abonadas dentro de las fechas de vencimiento estipuladas en la presente Ordenanza para cada una de las tasas o aquellas que fije el Departamento Ejecutivo como prorroga a dicho vencimiento y que no registren deudas exigibles".

Fuente La Nueva