Concejo Deliberante: solicitan infomes a la empresa ABSA sobre el sistema de bombeo
Los ediles radicales presentaron en el Concejo Deliberante un proyecto dirigido a la empresa ABSA, mediante el cual solicitan la remisión de informes técnicos detallando varios aspectos ante la necesidad de garantizar un adecuado funcionamiento de los sistemas de bombeo en los distintos sectores de la ciudad.
Por caso, se nombraron los siguientes:
* Cantidad, ubicación y características de los pozos de bombeo en la ciudad.
* Estado actual de funcionamiento y mantenimiento realizado en los últimos meses y en especial del pozo de bombeo ubicado en Paso e Italia.
* Historial de fallas o incidentes registrados.
* Proyectos o mejoras planificadas para optimizar el rendimiento de los pozos.
* Si se respondió a la solicitud del Municipio sobre el pedido de reparación de la colectora cloacal de 12 de Mayo, entre Murature y Brown. En caso afirmativo respuesta y tipo de intervención.
La concejal Liliana Taboada (UCR) mencionó que es necesario contar con información pormenorizada sobre el estado y operatividad de los pozos de bombeo existentes.
“El acceso a estos informes permitirá analizar la eficiencia operativa, detectar posibles fallas o deficiencias en el tratamiento de aguas servidas y líquidos cloacales, asegurando su adecuada llegada a la planta de Belgrano y Estomba, donde serán procesados para su conversión en efluentes inocuos antes de su descarga a cielo abierto”, dijo.
En tanto el radical Néstor Martínez dijo que “la rotura de la colectora en la calle 12 de Mayo podría impedir la circulación de los afluentes bombeados desde el pozo ubicado en Paso e Italia, generando el riesgo de que líquidos contaminantes se filtren por la ciudad, con consecuencias perjudiciales para el medio ambiente y la salud pública”.
Reiterancia
Por su parte, la concejal Natalia García Luna (PRO) presentó en el CD un proyecto de resolución para solicitar al Congreso de la Provincia de Buenos Aires que trate y apruebe con urgencia el proyecto de Ley D-332/25-26.
Esta iniciativa, dijo la concejal, propone modificar el Código Procesal Penal de la Provincia, tal como se hizo a nivel nacional, para endurecer los criterios de excarcelación en casos de reiterancia delictiva, es decir, cuando una persona imputada tiene varias causas abiertas por delitos graves.
“Actualmente, solo existe la figura de la reincidencia, que aplica a toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme”, explicó.
“En los últimos años, en la Provincia de Buenos Aires se han registrado múltiples hechos de inseguridad, algunos de los cuales han terminado con la vida, la integridad física o la integridad sexual de las personas. Muchos de esos delitos han sido perpetrados por individuos que estaban imputados o procesados en dos o múltiples procesos penales, pero que seguían en libertad, sin que siquiera pudiera agravarse su situación procesal por la reiterada comisión de actos ilícitos”, agregó.
Mencionó que “el proyecto de reiterancia que modifica el Código Procesal Penal al crear la figura del 'reiterancia delictiva', flexibiliza los requisitos para la aplicación de la prisión preventiva. El objetivo principal consiste en agravar las penas para quienes cometen varios delitos sin haber sido aún condenados”.
En este sentido, agregó que “recientemente el Congreso de la Nación sancionó la Ley que implementa cambios penales sobre la reincidencia y reiterancia para desactivar la denostada puerta giratoria de delincuentes.”
Además, dijo que “la normativa en cuestión busca poner fin a la llamada 'puerta giratoria', evitando que los jueces liberen a delincuentes que tengan múltiples procesos abiertos, con anterioridad al dictado de una condena definitiva”.
También sostuvo que “el proyecto de ley, D-332/25-26, pretende incorporar al artículo 148 del Código Procesal Penal una nueva figura de la 'reiterancia delictiva' como circunstancia de fuga o entorpecimiento del proceso, que consiste en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos penales que tengan por objeto la investigación de delitos dolosos con pena privativa de libertad, aunque no mediare sentencia”.
“En cambio, se considera reincidente a toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme. Estas disposiciones permitirían a las autoridades judiciales considerar el instituto en cuestión (reiterancia) como un factor sumamente importante al momento de decidir sobre una medida cautelar como es la prisión preventiva”, continuó la edil.
Argumentó, entre otros aspectos, que “la redacción propuesta del Artículo 171 de la Ley 11.922 norma que en ningún caso se concederá la excarcelación en caso de reiterancia delictiva, además de que existan indicios vehementes de que el imputado trate de eludir la acción de la justicia o entorpecer la investigación”.
Fuente La Nueva






























